jueves, 8 de septiembre de 2016

¿Vulneró Anibal el Tratado del Ebro sitiando Sagunto?

Sagunto es el detonante o el pretexto, tal vez a su pesar, para el estallido de la Segunda Guerra Púnica. Roma considera el ataque de Anibal a Sagunto como casus belli, un motivo suficiente para iniciar una guerra, pero por qué se produce el ataque de Anibal es algo que no está claro. No lo estuvo para los historiadores antiguos ni  lo está para los de ahora.

Tampoco se sabe con certeza cuándo se habían iniciado las relaciones entre Sagunto y Roma más allá del genérico“muchos años antes de la época de Aníbal” en expresión de Polibio.  


El hecho de que Roma no intervenga durante el sitio de Sagunto  apunta a que el acuerdo entre ambas ciudades no era de carácter jurídico lo que le impedía actuar legítimamente en el conflicto.

¿Qué clase de acuerdo había entre Roma y Sagunto? ¿Qué acuerdos tenían romanos y cartagineses? ¿ Quién vulneró los acuerdos?

En el año 226 a. C. Se firma el Tratado del Ebro, por el que el río Ebro se fija como  la frontera natural y límite de los dos imperios.

Una primera cuestión es la razón de la firma del tratado.

Amilcar es sustituido por su yerno Asdrúbal, conocido más por sus dotes de diplomático que de estratega militar.  En poco tiempo Asdrubal no obstante consigue un gran prestigio en la zona que genera desconfianza en ciudades como Sagunto  que miran a Roma como garantía de protección. Pero Roma en ese tiempo tiene otros frentes abiertos: los galos están dando problemas que requieren toda la atención. Es por ello que resulta verosímil que fueran los romanos los que se dirijan a Asdrubal para fijar una frontera que permita olvidarse por el momento de conflictos entre cartagineses y romanos para que éstos se concentren en el asunto galo.

Resultado de imagen de tratado de ebroAsí planteado el acuerdo, Sagunto queda del lado cartaginés, pero los historiadores romanos siempre contaron que el sitio y ataque a Sagunto por Anibal, hijo de Amilcar, fue una vulneración del tratado. 


¿Debían los cartagineses respetar la independencia de la ciudad de Sagunto, bajo la protección y supervisión de los comisionados romanos, a pesar de estar al sur del Ebro?



Para zanjar este asunto, algunos expertos han optado por  la hipótesis de que el río al que se refiere el tratado no es el Ebro sino algún otro al sur de Sagunto, pero es una suposición un tanto extraña, por lo que parece más lógico explorar otras vías de explicación.

En la Península, aunque sin duda había otros puntos de comercio o emporia frecuentados por griegos en las costas mediterráneas peninsulares, Sagunto debía de ser, además de uno de los más antiguos, uno de los más importantes.

Sagunto, vinculado o dependiente del asentamiento ibérico  Arse, pero separado de éste, estaba ubicado junto al mar, en el actual Grau Vell desde finales del s. VI a.C. con una clara vocación comercial , esto es, de favorecer la llegada y el acceso de aquellos comerciantes que circulaban por las costas mediterráneas de Iberia y que podían hallar en ese punto de intercambio, en ese emporion, las facilidades necesarias para proceder a los intercambios.

Con el tiempo, la situación de Sagunto durante la segunda mitad del s. III a.C. muestra la concurrencia de intereses diversos y, ocasionalmente, opuestos. La presencia directa de Cartago, con deseos de permanencia que se demuestra con la fundación de Cartago Nova, tiende a ejercer un control directo sobre los puntos en los que se producen los intercambios, es decir, los emporios.

Sagunto se ve, pues, inmersa en un mundo de intereses encontrados que, tomando como base los objetivos comerciales, tiende a proyectarse a niveles de control, económico y político. A la tradicional relación del ámbito saguntino con el comercio griego dirigido desde Emporion (Ampurias) y Masalia (Marsella),  y al púnico dirigido desde Ibiza, a los que se va sumando con cierta timidez el comercio itálico, basado en las relaciones amistosas entre Masalia y Roma, se le añade de improviso la presencia cartaginesa. La fundación de Cartago Nova provoca un cambio radical por la introducción de un nuevo componente político, que no podía dejar de introducir desequilibrios importantes en toda la región.

La iniciativa por parte de Roma del Tratado del Ebro en el año 226 a. de C. es una primera señal de cómo ésta intenta coartar el expansionismo cartaginés algo que, en ese momento, Asdrúbal acepta porque, implícitamente, obtiene un reconocimiento de su política, sellado con la fundación de Cartago Nova. Sin embargo, no parece lógico que el tratado se abordara  la situación ni de las comunidades indígenas ni de los emporios situados al sur del Ebro porque ni ello tenía sentido desde un punto de vista jurídico ni Asdrúbal hubiese aceptado entonces las condiciones romanas.


La nueva situación produce una serie de enfrentamientos internos con los círculos dirigentes que serían, al menos en parte, procartagineses.

Roma interviene en esos conflictos internos  con la ejecución de una serie de notables cuya proximidad con Cartago quedaría, así, certificada. Si, al tiempo, el conflicto interno surge también porque se agudizan las tensiones entre grupos oligárquicos y populares es algo que tampoco se puede descartar.

Resultado de imagen de virtus romanaEn ese contexto se produce el asedio de Sagunto por Anibal, que no vulnera el tratado, puesto que Sagunto está al sur del Ebro y no parece verosimil que  el tratado tuviera una clausula especial sobre Sagunto.

Pero, eliminado el peligro galo, Roma ya no ve con buenos ojos el creciente poderío cartaginés en la Península Ibérica y mucho menos que esta peligrosa empresa se llevara a cabo por personalidades como las de los caudillos Bárcidas. Por ello necesitaba un pretexto para intervenir de manera directa en la Península y éste se lo proporcionó Sagunto y su asedio que se justifica después con la añadiendo la clausula o falseando la ubicación de Sagunto con respecto del Ebro, con el fin último de salvaguardar la virtud de Roma.


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Sagunto, el emporion de Arse, punto de fricción entre las políticas de Roma y Cartago en la península Ibérica


Adolfo J. DOMÍNGUEZ MONEDERO Universidad Autónoma de Madrid

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Zακαvθα (Sagunto) y el Tratado del Ebro (226.a.C.)

 El problema de un casus belli. 

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